Artículo 193. Desarrollo reglamentario.
Artículo 193 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se regularán por reglamento las funciones de los y las miembros del Tribunal Balear del Deporte, las normas de procedimiento, las competencias y atribuciones del pleno y de la comisión permanente del Tribunal, así como el régimen de incompatibilidades. El reglamento es aprobado por el pleno del Tribunal que deberá ser publicado adecuadamente.