Artículo 19 ter.
Artículo 19 ter de la Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de Politica Territorial. · BOE-A-1984-1668
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
1. El contenido de los planes directores territoriales debe desarrollar, como mínimo, una de las determinaciones contenidas en el artículo 13.1 de la presente Ley.
2. Las determinaciones de los planes directores territoriales deben concretarse en los documentos siguientes:
a) Los estudios y los planos de información.
b) La memoria explicativa del plan.
c) Los planes de ordenación y, eventualmente, las normas.