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Real Decreto Derogada

Artículo 19. Información presupuestaria.

Artículo 19 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. · BOE-A-2014-9741

Atención: Real Decreto 806/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tendrá información, en coordinación con las Comisiones Ministeriales de Administración Digital y la Dirección General de Presupuestos, de los recursos económicos destinados a los bienes y servicios TIC del conjunto de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos se informará trimestralmente a la Comisión de Estrategia TIC del estado de ejecución de dicho presupuesto.

2. La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones elaborará un informe anual detallado y desagregado de imputación de costes TIC.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-09-27.

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