El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 19. Pensiones que no se actualizan durante el año 2022.

Artículo 19 del Real Decreto 65/2022, de 25 de enero, sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022. · BOE-A-2022-1189

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-26.

Texto consolidado

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, no experimentarán incremento alguno las siguientes pensiones de Clases Pasivas:

a) Aquellas cuyo importe íntegro, sumado, en su caso, al importe íntegro mensual de otras pensiones públicas percibidas por su titular, exceda de 2.819,18 euros íntegros en cómputo mensual cuando dicho titular tenga derecho a percibir 14 mensualidades al año o, en otro supuesto, de 39.468,52 euros en cómputo anual.

A efectos de lo dispuesto en este título, se entiende por pensiones públicas aquellas abonadas con cargo a cualquiera de los regímenes o sistemas de previsión enumerados en el artículo 9.1.

b) Las reconocidas a favor de los Camineros del Estado y causadas con anterioridad al 1 de enero de 1985, con excepción de aquellas cuyo titular solo percibiera esta pensión por tal condición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-26.

Más artículos de Real Decreto 65/2022

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 65/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.