Artículo 19. Cuestiones de competencia, incidentes de acumulación, recusación, nulidad y reconstrucción de autos.
Artículo 19 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
1. Por la tramitación de la cuestión de competencia, incidente de acumulación de procesos, recusación, incidentes de nulidad de actuaciones y reconstrucción de autos, se devengará la cantidad máxima de 50,15 euros.
2. En los procesos en que intervengan dos profesionales de la Procura representando a la misma parte, en virtud de cuestión de competencia, percibirán por mitad los derechos que correspondan.