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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Transparencia y rendición de cuentas.

Artículo 19 del Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Transición Justa, O.A. · BOE-A-2021-4630

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-26.

Texto consolidado

1. A efectos de dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad y transparencia, el Instituto para la Transición Justa, O.A., publicará información actualizada de su actividad en el sitio web habilitado para ello. El acceso a la información se proporcionará de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

2. El Instituto para la Transición Justa, O.A., elaborará y publicará un informe anual de evaluación del rendimiento de la acción del Instituto, incluyendo información sobre las medidas aprobadas, sus objetivos, los recursos destinados a cada uno, el origen de los fondos y el nivel de cumplimiento respecto a los principales objetivos establecidos. Dicho informe estará relacionado con el contenido del Plan de Actuación del organismo al que hace referencia el artículo 92 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-26.

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