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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 19. Aplicación de reducciones y penalizaciones en superficies utilizadas en común.

Artículo 19 del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027. · BOE-A-2023-5370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-25.

Texto consolidado

En las solicitudes de ayudas en las que se declaren pastos permanentes utilizados en común, aparcería comunal u otros recintos declarados por más de un solicitante, sin delimitación gráfica de las parcelas agrícolas de cada agricultor, conforme a la excepción prevista en el artículo 106.6 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, las penalizaciones, consistentes en la denegación o retirada, reducción o exclusión de la ayuda, se aplicarán proporcionalmente de acuerdo con el porcentaje de asignación de superficie del certificado de adjudicación o de participación de cada persona beneficiaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-1308.

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