Artículo 19. Coordinación con otras bases de datos oficiales.
Artículo 19 de la Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. · BOE-A-2024-19391
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-02.
Texto consolidado
La plataforma electrónica y la oficina de asignación estarán coordinadas con:
a) El Registro de producción y gestión de residuos previsto en el artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
b) El Registro Integrado Industrial previsto en el título IV de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como el Registro de Productores de Producto cuando se haga efectivo lo dispuesto en la disposición adicional duodécima de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
c) Las bases de datos oficiales de traslados de residuos cuando proceda, tales como los repositorios de traslados nacionales o transfronterizos.
d) Las restantes bases de datos oficiales que tengan incidencia en este sector, previa valoración del órgano gestor de la plataforma electrónica.
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