Artículo 19. Acreditación de laboratorios.
Artículo 19 de la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información. · BOE-A-2007-16830
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-26.
Texto consolidado
El Organismo de Certificación acredita a los laboratorios solicitantes, en base al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, y según el procedimiento establecido en el Capítulo IV de este Reglamento.