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Orden Vigente

Artículo 19. Organización y permanencia.

Artículo 19 de la Orden EFP/822/2023, de 19 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la enseñanza básica para las personas adultas, y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2023-16814

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.

Texto consolidado

1. La Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA) se organiza de forma modular en tres ámbitos de conocimiento y dos niveles en cada uno de ellos.

2. La organización de estas enseñanzas permitirá que cada uno de los niveles se realice en un curso escolar y, por tanto, las enseñanzas puedan completarse en dos cursos escolares. No obstante, este tiempo podrá ampliarse o reducirse en función de las necesidades e intereses del alumnado. En todo caso, estas enseñanzas no están sujetas a limitación temporal de permanencia.

3. Estas enseñanzas podrán impartirse en tres modalidades: presencial, a distancia y a distancia virtual.

4. En las enseñanzas presenciales y a distancia, cada uno de los niveles se organizará en dos módulos cuatrimestrales.

5. Corresponde al CIDEAD, a través del CIERD, organizar los módulos y niveles de manera que las enseñanzas puedan completarse en dos cursos escolares, así como diseñar, elaborar y gestionar la edición, producción y distribución de los materiales didácticos apropiados para la modalidad a distancia virtual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-22.

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