Artículo 19.
Artículo 19 de la Orden de 24 de enero de 1974 por la que se dictan normas sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura instalados en aguas continentales. · BOE-A-1974-204
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-02-20.
Texto consolidado
Oído el parecer, las sugerencias e iniciativas del Sindicato Nacional de la Pesca (Grupo de Pesca Fluvial, el lCONA podrá dictar, en cuanto se refiere a la presente Orden. normas aclaratorias encaminadas a la protección, conservación, fomento y desarrollo de los centros de piscicultura.