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Ley Orgánica Vigente

Artículo 19. Detección y respuesta en el ámbito educativo.

Artículo 19 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. · BOE-A-2022-14630

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-07.

Texto consolidado

Las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de la conferencia sectorial correspondiente, promoverán la aplicación, permanente actualización y difusión de protocolos que contengan pautas de actuación para la prevención, detección y erradicación de las violencias sexuales en el ámbito educativo, tanto público como privado, y para cada uno de los niveles educativos, incluido el ámbito universitario, en el marco de lo establecido en la legislación en materia de universidades que resulte de aplicación. Tales protocolos impulsarán actividades continuadas de prevención y sistemas de detección precoz e intervención para casos de violencias sexuales, de acuerdo con los principios rectores de la presente ley orgánica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-07.

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