Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado. · BOE-A-1998-12734
Atención: Ley Foral 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se crea el Consejo Navarro del Voluntariado como órgano de participación, con carácter consultivo, para el encuentro, asesoramiento y consulta de los agentes sociales implicados en el voluntariado.
2. Dicho Consejo estará adscrito al Departamento del Gobierno de Navarra al que se le haya encomendado la gestión del registro de las entidades de voluntariado y la secretaría de la Comisión Interdepartamental del Voluntariado.