Artículo 19. Régimen de control.
Artículo 19 de la Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo. · BOE-A-2005-2530
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-31.
Texto consolidado
1. La Agencia Catalana del Consumo está sometida al control de la Intervención General de la Generalidad, de acuerdo con lo que establece el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
2. La Agencia Catalana del Consumo está sometida al régimen de contabilidad pública.