Artículo 19. Componente variable de la tarifa en los usos domésticos.
Artículo 19 de la Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales. · BOE-A-2022-289
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
1. En el caso de usos domésticos, el componente variable de la cuota está formado por los siguientes tramos, en función del volumen de consumo:
Tramos
Volumen mensual
(m3)
Primero.
De 0 hasta 6.
Segundo.
De 6 hasta 20.
Tercero.
De 20 en adelante.
2. Para distribuir los volúmenes suministrados entre los tramos de consumo, previamente se calculará cada uno de los límites entre tramos en proporción al número de días del período de lecturas de consumo, según la siguiente fórmula:
Límite aplicable al período = Límite mensual × días del período / 30
El resultado se multiplicará por el número de conexiones internas, en el caso de usuarios colectivos de agua definido en el artículo 15, y finalmente se redondeará al número entero más próximo.
Los metros cúbicos consumidos se asignarán por orden a los respectivos tramos así calculados, incorporando al tercer tramo los metros cúbicos no aplicados a los dos primeros.