El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19. Senda de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.

Artículo 19 de la Ley 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. · BOE-A-2022-1276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-25.

Texto consolidado

1. El conjunto formado por dos o más Lugares de Memoria Histórica y Democrática con elementos comunes de carácter histórico, paisajístico o simbólico, o valores relevantes de tipo ambiental, etnográfico o antropológico, tendrá la consideración de Senda de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.

2. El Gobierno de Cantabria, en colaboración con las administraciones públicas implicadas, podrá impulsar la creación de Sendas de Memoria Histórica y Democrática para su inscripción en el Inventario de Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. Las Sendas de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria tendrán el mismo régimen jurídico que los Lugares de Memoria Histórica y Democrática.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-25.

Más artículos de Ley 8/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.