Artículo 19. Unidades de Investigación de la Dehesa.
Artículo 19 de la Ley 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa. · BOE-A-2010-12891
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-24.
Texto consolidado
El IFAPA promoverá la investigación específica de la dehesa, a través de unidades o centros en los que participen las universidades andaluzas, otras organizaciones privadas de investigación y las empresas y asociaciones del sector, y promoverá su articulación en el Sistema Andaluz del Conocimiento, previsto en la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.