Artículo 19. Cuantía de las sanciones.
Artículo 19 de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de Ordenación Ambiental del Alumbrado para la Protección del Medio Nocturno. · BOE-A-2001-11962
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Las sanciones que corresponden a cada tipo de infracción son las siguientes:
a) Las infracciones leves se sancionan con multas de 250 euros a 1.000 euros.
b) Las infracciones graves se sancionan con multas de 1.001 euros a 5.000 euros.
c) Las infracciones muy graves son sancionadas con multas de 5.001 euros a 50.000 euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-953.