Artículo 19. Competencias del Consello de la Xunta de Galicia.
Artículo 19 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
Además de las competencias que la normativa vigente atribuye al Consello de la Xunta de Galicia, le corresponderán en materia demográfica las siguientes:
a) Establecer las directrices de la acción autonómica para el impulso demográfico y aprobar la Agenda demográfica anual.
b) Impulsar la implantación efectiva de la perspectiva demográfica en la acción del Gobierno autonómico.
c) Hacer el seguimiento del desarrollo de las políticas activas de impulso demográfico.