Artículo 19. Efectos de las resoluciones de suspensión y de pérdida de la condición de perro de asistencia.
Artículo 19 de la Ley 5/2018, de 21 de diciembre, de acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia. · BOE-A-2019-1695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-16.
Texto consolidado
1. La resolución de suspensión conlleva la pérdida temporal del derecho de acceso al entorno para la persona usuaria, en tanto no se deje sin efecto por la justificación de la desaparición de sus causas.
2. La resolución de pérdida de la condición de perro de asistencia produce la desaparición definitiva del derecho de acceso al entorno para la persona usuaria en compañía del perro de asistencia.
3. Las resoluciones de suspensión, las que dejen sin efecto la resolución de suspensión o las de pérdida de la condición de perro de asistencia se inscribirán en el Registro de Unidades de Vinculación y son inmediatamente ejecutivas, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan.