Artículo 19. Definición de biblioteca pública.
Artículo 19 de la Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia. · BOE-A-2012-9061
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-17.
Texto consolidado
La biblioteca pública es un servicio público básico que tiene como finalidad ofrecer a la ciudadanía, en condiciones de igualdad, gratuidad y continuidad, el acceso a un conjunto organizado de fondos bibliográficos y recursos informativos que posibilitan la información, la educación y la cultura.