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Ley Derogada

Artículo 19. De los cambios de titularidad de los cotos de caza.

Artículo 19 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244

Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Previa renuncia del titular de un coto, la Administración podrá autorizar cambios de titularidad en las distintas modalidades de cotos de caza mediando el correspondiente trámite de audiencia a los interesados antes de su otorgamiento al nuevo titular.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

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