Artículo 19. Cambio de la unidad de cuenta en los procedimientos operativos de los sistemas de compensación y liquidación de valores y sistemas de pagos.
Artículo 19 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro. · BOE-A-1998-29216
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
A partir del 1 de enero de 1999, se autoriza el cambio de la unidad de cuenta peseta a la unidad de cuenta euro en los procedimientos operativos de los sistemas españoles de compensación y liquidación de valores y productos financieros derivados, de los sistemas españoles de pagos y de los sistemas de compensación de los medios de pago.