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Ley Vigente

Artículo 19. Uniformidad.

Artículo 19 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2021-10670

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.

Texto consolidado

1. La uniformidad de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento estará constituida por el conjunto de prendas reglamentarias necesarias para el desempeño de las diferentes funciones asignadas a los mismos. La uniformidad incorporará necesariamente el emblema del Servicio correspondiente y su número de identificación.

2. Los equipos de protección individual que utilicen los miembros de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento deberán cumplir la normativa existente para los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-21.

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