Artículo 19. Servicios sociales.
Artículo 19 de la Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria. · BOE-A-2025-14604
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas de la comunidad autónoma promoverán la adecuación de las políticas de servicios sociales a las necesidades de las personas jóvenes, garantizando su acceso al sistema de protección social a fin de facilitar su autonomía personal, integración e inclusión social y participación.