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Ley Vigente

Artículo 19. El censo de los Centros de Archivo.

Artículo 19 de la Ley 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria. · BOE-A-2002-14840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-29.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en materia de archivos elaborará y mantendrá actualizado un censo de los Centros de Archivo de Cantabria y un inventario de los fondos documentales que contengan.

2. El Gobierno de Cantabria promoverá la integración de los Centros de Archivos públicos y privados radicados en la Comunidad Autónoma en el Sistema de Archivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-29.

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