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Ley Vigente

Artículo 19.

Artículo 19 de la Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de Politica Territorial. · BOE-A-1984-1668

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-20.

Texto consolidado

1. La aprobación de los planes territoriales sectoriales corresponde al Consejo Ejecutivo.

2. Corresponde a cada departamento:

a) Elaborar los planes territoriales sectoriales de su competencia.

b) Consultar a los organismos adecuados sobre la idoneidad de los planes.

c) Proponer al Consejo Ejecutivo la aprobación de los planes.

3. El Departamento de Política Territorial y Obras Públicas colaborará con el Departamento responsable en la elaboración del plan sectorial y emitirá sobre éste un informe preceptivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-12-20.

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