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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 19. Declaración responsable.

Artículo 19 de la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-13726

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Texto consolidado

1. Las personas que deseen desarrollar su actividad profesional y se encuentren en posesión de la cualificación exigida para ejercer cualquiera de las profesiones reguladas en la presente ley, deberán realizar, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, una declaración responsable ante la dirección general competente en materia de deporte.

2. En la declaración se hará constar por la persona interesada las siguientes circunstancias:

a) Sus datos identificativos.

b) La titulación o las titulaciones, homologaciones, convalidaciones o acreditaciones por la experiencia, y el resto de circunstancias que permitan su ejercicio profesional conforme a esta ley.

c) Que dispone también del certificado negativo del Registro central de delincuentes sexuales y tráfico de seres humanos. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante la aportación del certificado negativo del registro junto a la declaración responsable, actualizado al año de presentación de la declaración responsable.

d) Que dispone del seguro obligatorio previsto en el artículo 23.

e) Que se compromete a mantener todos los requisitos anteriores actualizados y durante la vigencia de su actividad profesional.

3. Esta declaración responsable permitirá, sin perjuicio de las facultades de comprobación de la Administración, el ejercicio de la respectiva profesión desde el día de su presentación ante la dirección general competente en materia de deporte.

4. La inexactitud, la falsedad o la omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, o la no presentación ante la dirección general competente en materia de deporte, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la respectiva actividad profesional desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

5. La declaración responsable no será exigible para ejercer la profesión de profesor o profesora de Educación Física.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-2666.

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