El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19. Del personal.

Artículo 19 de la Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura. · BOE-A-2022-5854

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-06.

Texto consolidado

1. Las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas de Extremadura dispondrán de personal técnico, auxiliar, especializado y de apoyo suficiente y con la titulación universitaria o la cualificación académica y técnica que exijan las funciones a desarrollar, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.

2. La Consejería competente en materia de bibliotecas, a través de cursos, seminarios y otros medios que se consideren oportunos, proveerá la formación permanente del personal de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas de Extremadura, con especial interés en la atención a las personas con mayores necesidades de accesibilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-06.

Más artículos de Ley 2/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.