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Ley Vigente

Artículo 19. Carácter ejecutivo de sus funciones.

Artículo 19 de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal. · BOE-A-2006-9958

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-07.

Texto consolidado

El Presidente ostentará con carácter permanente las funciones de administración y representación que le confieren la presente ley y los estatutos sociales de la Corporación RTVE y actuará en ellas bajo la vigilancia del Consejo de Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-07.

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