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Ley Vigente

Artículo 19. Creación del Fondo de Capital Semilla Mixto Público-Privado.

Artículo 19 de la Ley 16/2012, de 28 de junio, de Apoyo a las Personas Emprendedoras y a la Pequeña Empresa del País Vasco. · BOE-A-2012-9666

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-07.

Texto consolidado

1. Se crea un fondo de capital semilla mixto público-privado que irá destinado a ayudar a las personas emprendedoras con proyectos innovadores, participando tanto en el capital como dando apoyo a la gestión de la empresa. Reglamentariamente se determinará la estructura y funcionamiento del fondo, en el que participarán las asociaciones de jóvenes empresarios y empresarias, las fundaciones relacionadas con el emprendimiento y la discapacidad, así como todas aquellas entidades públicas y privadas que lo deseen.

2. El Gobierno priorizará con estos fondos de capital semilla el apoyo financiero a proyectos empresariales de personas emprendedoras que hayan finalizado, como máximo tres años antes de la convocatoria, el bachiller, las enseñanzas de formación profesional de grado superior o la formación universitaria, ya sea esta última de licenciatura, ingeniería, grado, máster, con independencia de que este último sea oficial o título propio, o doctorado, prestando especial atención a los realizados por mujeres y jóvenes menores de 35 años.

Asimismo, dotará una parte de los recursos del fondo para apoyo a las personas emprendedoras con discapacidad o que cumplan lo establecido con la responsabilidad social empresarial y discapacidad, en colaboración con las fundaciones de discapacitados y discapacitadas que ya operan en este ámbito.

3. El Gobierno fijará en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco de todos los años la dotación correspondiente para su aportación al Fondo de Capital Semilla Mixto Público-Privado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-07.

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