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Ley Vigente

Artículo 19. Programas de acción exterior de las administraciones locales, universidades públicas y corporaciones de derecho público gallegas.

Artículo 19 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

Texto consolidado

Los ayuntamientos, diputaciones, universidades públicas y corporaciones de derecho público radicadas en Galicia podrán elaborar sus propios programas de acción exterior con la duración o periodicidad que estimen adecuadas, remitiéndolos, con carácter previo a su aprobación, al órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior para garantizar su compatibilidad con esta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

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