El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19. Indemnizaciones.

Artículo 19 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears. · BOE-A-2001-476

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-10.

Texto consolidado

Los miembros del Consejo Económico y Social tienen derecho a la percepción, en su caso, de indemnizaciones por gastos de desplazamiento, de estancia y de asistencia a las sesiones que se realicen, de acuerdo con lo que dispongan el Reglamento de organización y funcionamiento y otras disposiciones dictadas en aplicación de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-10.

Más artículos de Ley 10/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.