Artículo 19
Artículo 19 del Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial, hecho en La Haya el 15 de noviembre de 1965. · BOE-A-1987-19797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-03.
Texto consolidado
El presente Convenio no se opone a que la ley interna de un Estado contratante permita otras formas de remisión no previstas en los artículos procedentes, a efectos de notificación o traslado dentro de su territorio de documentos procedentes del extranjero.