Artículo 19. Régimen sancionador.
Artículo 19 del Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba una línea de subvenciones destinadas a las Entidades Locales Autónomas Andaluzas para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias, y se modifican varios decretos-leyes. · BOJA-b-2021-90167
Atención: Decreto-ley 8/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones reguladas en este Decreto-ley se sancionarán conforme a lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, siendo competente para acordar e imponer las sanciones la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Administración Local.
2. La instrucción del procedimiento sancionador corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Administración Local.
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