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Real Decreto Vigente

Artículo 189.

Artículo 189 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. · BOE-A-1979-2886

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-21.

Texto consolidado

1. El pago anticipado de las cantidades a cuenta de los gastos de urbanización, por el importe correspondiente a las inversiones a realizar en los seis meses siguientes, deberá efectuarse en el plazo de un mes desde el requerimiento que se formule por la Administración actuante.

2. Transcurrido dicho plazo, la Administración podrá proceder a la exacción de las cuotas por la vía de apremio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-02-21.

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