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Ley Vigente

Artículo 188. Convenios patrimoniales y urbanísticos.

Artículo 188 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2026-944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-20.

Texto consolidado

La Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias podrán celebrar protocolos generales de actuación, convenios o instrumentos similares con otras Administraciones públicas o con personas físicas o jurídicas de derecho público o de derecho privado, con el fin de ordenar las relaciones de carácter patrimonial y urbanístico entre ellas en un determinado ámbito o realizar actuaciones comprendidas en esta ley en relación con los bienes y derechos de sus respectivos patrimonios.

Serán de aplicación a estos protocolos, convenios e instrumentos las disposiciones de carácter básico establecidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y lo dispuesto en el capítulo II del título I de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-20.

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