Artículo 186. Procedimiento sancionador.
Artículo 186 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2026-944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-20.
Texto consolidado
1. Para la imposición de las sanciones recogidas en este título se seguirá el procedimiento establecido en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con las especialidades previstas para el procedimiento sancionador.
2. El plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos sancionadores será de seis meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio.