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Ley Derogada

Artículo 186. Responsabilidad de los técnicos redactores de proyectos.

Artículo 186 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. · BOE-A-2002-2286

Atención: Ley 15/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El profesional autor de la documentación técnica en que se fundamente la solicitud de licencia responderá, a los efectos que procedan legalmente, de la exactitud y veracidad de los datos de carácter técnico consignados en ella.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-23.

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