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Ley Derogada

Artículo 183. Desarrollo de instrumentos de gestión y ejecución.

Artículo 183 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. · BOE-A-2014-6438

Atención: Ley 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El incumplimiento de las obligaciones y los deberes para la ejecución del planeamiento derivados de los instrumentos de gestión y de ejecución correspondientes, se sancionará con una multa de 600 euros a 60.000 euros.

2. La cuantía de la multa se determinará teniendo en cuenta el valor de las obligaciones que se han incumplido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-29.

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