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Ley Derogada

Artículo 181. Efectos de la ausencia de resolución expresa.

Artículo 181 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771

Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En caso de que haya transcurrido el plazo establecido en el artículo anterior sin que se haya dictado resolución expresa, se entiende que el recurso ha sido desestimado y se deja expedita la vía contencioso-administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-15.

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