Artículo 18. Obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 18 del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional. · BOE-A-2021-18812
Atención: Real Decreto 984/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La superación de la totalidad de los módulos incluidos en un ciclo de Formación Profesional Básica conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
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