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Real Decreto Vigente

Artículo 18. Requisitos generales de acceso a los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal.

Artículo 18 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Texto consolidado

1. Para acceder al ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal será necesario tener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos de acceso.

2. Para acceder al ciclo final de grado medio en judo y defensa personal será necesario acreditar tener superado el ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

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