Artículo 18. Elección de cargos académicos.
Artículo 18 del Real Decreto 537/2015, de 26 de junio, por el que se aprueban los estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. · BOE-A-2015-7853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-15.
Texto consolidado
1. La provisión de los cargos a que se refiere el artículo anterior corresponde a los Académicos de Número, únicos que pueden ostentarlos.
2. La votación será secreta. Será válido el voto por carta de los Académicos de Número que justifiquen no poder asistir, en las condiciones que se regulen en el Reglamento interno. Los designados deberán obtener el voto de la mayoría absoluta de los Académicos de Número.