Artículo 18.
Artículo 18 del Real Decreto 2878/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1979-30655
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-18.
Texto consolidado
El Tesorero es el encargado de custodiar bajo su responsabilidad los fondos de la Academia, que recibirá y entregará bajo inventario ante el Interventor y el Secretario, y como Habilitado de la Corporación cobrará las asignaciones de toda índole y efectuará los pagos.