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Real Decreto Vigente

Artículo 18. Registro oficial de empresas que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

Artículo 18 del Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. · BOE-A-2021-7689

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-10.

Texto consolidado

1. Se establece el Registro oficial de empresas que realicen ensayos con productos fitosanitarios, adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que tendrá carácter nacional, y en el que los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla inscribirán las personas o entidades autorizadas de acuerdo con lo señalado en el artículo 17, y las renovaciones, modificaciones y suspensiones de dichas autorizaciones.

Asimismo, las autoridades competentes de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla deberán registrar los centros o servicios oficiales y entidades públicas, adscritas o dependientes de aquellas que puedan realizar determinados tipos de ensayos con productos fitosanitarios.

2. El Registro se constituirá en una base de datos informatizada, que será pública, y podrá consultarse a través de Internet en la página web o en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En dicha base de datos constarán, al menos, los datos siguientes: razón social del establecimiento, dirección completa, número de registro, director técnico, fecha de autorización, fecha de modificación y suspensión de la inscripción, en su caso.

3. La inscripción en el registro facultará a la empresa para prestar sus servicios en España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-10.

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