Artículo 18. Expediente académico.
Artículo 18 del Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia. · BOE-A-2013-3907
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-14.
Texto consolidado
En el expediente académico constarán las calificaciones académicas, certificaciones y acreditaciones de las titulaciones objetivas y estudios realizados dentro de la enseñanza del CNI. Asimismo, figurarán los títulos, diplomas o estudios cursados en centros reconocidos en el ámbito civil o en el de la enseñanza militar.