El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 18. Competencias de las Comisiones Delegadas.

Artículo 18 del Real Decreto 1114/1999, de 25 de junio, por el que se adapta la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprueba su Estatuto y se acuerda su denominación como Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. · BOE-A-1999-14956

Atención: Real Decreto 1114/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde a las Comisiones Delegadas el ejercicio de aquellas competencias que, en los términos del artículo 9, apartado 19, de este Estatuto, pudiesen delegarse por el Consejo de Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-08.

Más artículos de Real Decreto 1114/1999

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1114/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.