Artículo 18. Pago de intereses, reembolsos por amortización y rendición de cuentas del Banco de España.
Artículo 18 de la Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2021 y enero de 2022. · BOE-A-2021-900
Atención: Orden ETD/27/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Banco de España efectuará los pagos de intereses y reembolsos por amortización derivados de la Deuda del Estado por cuenta del Tesoro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.
2. El Banco de España rendirá cuenta de las operaciones y gastos realizados por cuenta del Tesoro Público, en su condición de agente financiero de la Deuda del Estado, justificándola debidamente a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.