Artículo 18. Financiación de la UME.
Artículo 18 de la Orden DEF/160/2019, de 21 de febrero, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2019-2441
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-23.
Texto consolidado
Los gastos ordinarios de vida y funcionamiento y de inversiones de la UME, se financiarán con cargo a los presupuestos asignados.